Los requisitos exigidos para acceder a la ayuda son:
- Tener entre 22 y 29 años, ambos inclusive.
- Ser titular (o cotitular) del contrato de alquiler.
- La vivienda debe ser tu residencia habitual y permanente.
- Debes disponer de, al menos, una fuente regular de ingresos que te reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. Se entenderá que tienes una fuente regular de ingresos:
a) Si estás trabajando por cuenta propia (autónomos) o ajena (empleados bajo el mando de un empresario),
b) Si eres personal investigador en formación (becas de investigación oficialmente reconocidas),
c) Si percibes una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial (incluida la prestación por desempleo),
En cualquier caso, debes acreditar una vida laboral de, al menos, 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud de la ayuda, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, 6 meses a contar desde el día de tu solicitud.
- No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda.
- No ser titular de una vivienda, salvo que te haya sido privado de su uso y disfrute por causas no atribuibles a tu persona.
- No ser titular de bienes y derechos con un valor superior a 110.000 euros, calculados de acuerdo con la normativa que regula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. - El pago debes realizarlo de alguna de estas dos formas:
a) puedes firmar una orden periódica de transferencia desde tu cuenta a la de tu arrendador,
b) o bien tu arrendador puede cargar cada mes en tu cuenta un recibo domiciliado.
- Estar al corriente de pago del alquiler de la vivienda arrendada.
- Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.